Tarifas en los conciertos

El Supremo condena las tarifas "abusivas" de la SGAE

Palacio Longoria, sede de la SGAE

Palacio Longoria, sede de la SGAE

Foto: Luis García

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El Supremo da la razón a los promotores musicales y tacha de abusiva las tarifas del 10% por los ingresos de las entradas.

La SGAE no levanta cabeza de sus fracasos judiciales. Esta vez en relación con las tarifas “abusivas” que aplicaban a los promotores musicales en los conciertos. La batalla entre la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) y la Asociación Promotores Musicales (APM) parece haber llegado a su fin tras casi dos años de líos judiciales. La victoria, para los promotores musicales.

 

En 2014, los promotores musicales denunciaron las tarifas que implantaba la SGAE a los conciertos. En noviembre de ese año, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) dictó una resolución que condenaba a la entidad de derechos por sus tarifas “abusivas” en los conciertos, que eran de un 10% de los ingresos por entrada. Este porcentaje habría que sumarle el IVA, del 21%, lo que dejaba a las promotoras de música con un escaso margen de beneficio.

 

En ese dictamen, la CNMC pidió a la SGAE una tarifa “equitativa”, similar a la de otros países. En concreto, en Reino Unido la tasa es del 3% y la de Estados Unidos de un 1%.

 

 

Pero la SGAE no abandonó sus sueños de recibir una buena compensación por los conciertos y recurrió la resolución del CNMC ante la Audiencia Nacional, pidiendo que quedase suspendida y se siguiese cobrando dicha tarifa hasta que se resolviera el recurso.

 

"Tarifas excesivas o desproporcionadas"

 

El Tribunal Supremo ha tenido que actuar y dar, definitivamente, la razón a la APM. Así, ha decidido rechazar la intención de la SGAE de suspender temporalmente la resolución de la CNMC, por lo que tendrá que aceptarlo ipso facto.

 

“El Supremo vuelve a dar la razón a APM respecto a la tarifa del 10% a los conciertos. La SGAE recurre y recurre las resoluciones, pero todos sus recursos van cayendo, como una evidencia del abuso al que durante tantos años nos han sometido con ese canon”, ha señalado Pascual Egea, presidente de APM, tras conocer la sentencia.

 

“Además de concurrir intereses públicos derivados de la observancia del Derecho a la Competencia, se advierte que hay intereses de terceros que merecen protección y que resultarían gravemente afectados si eventualmente se adoptase la medida cautelar”, señala el Supremo en referencia de seguir cobrando el 10% de los ingresos en taquilla.

 

El Alto Tribunal continúa afirmando que “la fragilidad de las empresas promotoras de conciertos abunda en la idea de que debe considerarse su interés como especialmente necesitado de amparo cautelar al resultar especialmente sensibles a la exigencia de tarifas excesivas o desproporcionadas”. La SGAE, por su parte, ha decidido no pronunciarse todavía al respecto El varapalo ya lo ha recibido.

Miguel Mirón Pérez

Miguel Mirón Pérez

Miguel Mirón Pérez es director de Ritmos 21 - Milennial Culture Information.

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